En casos de violencia sexual, la declaración de la víctima es la pieza clave

Entrevistamos a Sara Fernández del Centro de Justicia y Paz (Cepaz) para entender cuáles son los obstáculos que encuentran las víctimas de violencia de género para acceder a la justicia en Venezuela 

Sara Fernández advierte que, incluso con la inoperancia y la hostilidad lo que hay en Venezuela como sistema judicial, denunciar en redes sociales es un arma de doble filo

Foto: Composición de Sofía Jaimes Barreto

A principios de septiembre cerró el juicio de Alexandra Hidalgo. Hemos cubierto este caso, tanto en Cinco8 como en Caracas Chronicles, porque es fundamental para entender las dificultades que encaran las víctimas de violencia de género y abuso sexual para acceder a la justicia en Venezuela. 

Para resumirlo: en 2004, Alexandra Hidalgo denunció a su exesposo, un coronel de las fuerzas armadas, por organizar una violación grupal en contra de ella. Durante los últimos diecisiete años Alexandra ha estado pidiendo justicia. Ha sido un proceso largo y doloroso, con muchas irregularidades a lo largo del juicio. Cuando el caso cerró, no solamente absolvieron al acusado, sino que el juzgado dijo que iban a abrir una investigación penal en contra de Alexandra. No es un caso aislado, sino un problema sistemático en Venezuela. De hecho podemos resaltar algunos de los procesos que más han llamado la atención, especialmente durante el último año. Linda Loaiza estuvo dos décadas esperando respuesta legal apropiada, y finalmente terminó llevando su caso a la CIDH, no sólo como víctima sino como abogada. El grupo #JusticiaParaTodas une un gran grupo de familiares de víctimas de femicidio que se organiza para visibilizar y presionar a las instituciones para que les den respuesta. Este año también cerró el juicio contra los asesinos de Ángela Aguirre, y su familia tampoco quedó satisfecha con los resultados. Otro caso que llamó la atención este año fue el de Vanessa Rosales, una activista feminista que fue detenida por ayudar a una niña de 13 años a hacerse un aborto, mientras el violador de la menor de edad fue liberado después de 48 horas por falta de evidencia. 

Estos procesos judiciales han sido bastante llamativos, pero en redes sociales también vemos constantemente denuncias de irregularidades en casos de violencia de género, funcionarios que no tienen preparación, testimonios de revictimización, maltratos de parte de las autoridades o comentarios estigmatizantes contra las víctimas. 

Invitamos a Sara Fernández Rivera para entender mejor cómo se dificulta el acceso a la justicia. Sara es una abogada especialista en derechos humanos y género, y trabaja para Cepaz, una organización que trabaja por la promoción de los derechos humanos en Venezuela. 

En Venezuela ha habido avances importantes como la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, redactada por un equipo especializado, que obliga al Estado a garantizar los derechos de las mujeres y la familia. ¿Por qué a pesar de que tenemos una ley bastante moderna seguimos con problemas sistemáticos en los casos de violencia de género, en los que se suman obstáculos adicionales?

Como bien dices, ahora tenemos en vigencia la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, aprobada en 2007 y modificada en 2014 para agregar el delito de femicidio, que aclara que la motivación del delito es una forma de discriminacion o de violencia específica contra la mujer. En términos generales, las leyes se adaptan a la normativa y estándares internacionales que le exigen al Estado regular y proteger a las mujeres contra la violencia. Según estos estándares, la Ley es buena, pero en la medida que se ha ido implementando hemos notado que hay ciertos vacíos. No contempla violencia institucional por parte del Estado aunque sí una gran gama de delitos que pueden considerarse como violencia contra la mujer: la violencia psicológica, violencia física, violencia patrimonial. La Ley no tiene un reglamento que permitiría estandarizar los criterios e interpretaciones que se hacen de sus normas. Además, si bien establece un sistema judicial especial para tratar los temas de violencia contra la mujer, en la realidad no se han creado tribunales de protección de la mujer a lo largo del país, por lo tanto varios estados no cuentan con jurisdicción especial y esas son fallas importantes. Otro tema en el que hacemos mucho énfasis es la falta de estadísticas de violencia contra la mujer. El INE tiene una sección que debe recabar estadísticas de género, pero no lo hace ni propone datos género-sensitivos. Las fiscalías no recaban las estadísticas necesarias y esos números son indispensables para entender cómo ocurren esos hechos, los perfiles de los agresores y las víctimas, y para generar una política mucho más completa. 

¿Podríamos hablar de patrones en estos obstáculos para las denuncias de violencia de género? 

A pesar de que no tenemos data oficial, cuando estudiamos las irregularidades vemos que no responden a casos aislados, sino que se insertan en patrones mucho más sistemáticos de obstáculos en el acceso a la justicia. Primero, no hay políticas de prevención que trasciendan el punto de vista judicial para atender todas las aristas implicadas en la violencia, y hagan que las víctimas sepan a dónde ir, a dónde llamar, garantizar la capacidad de acceso rápido de parte de las víctimas a los entes y autoridades. Segundo, al momento de poner una denuncia las autoridades no la reciben o buscan excusas para remitir a la víctima a otra instancia en vez de hacerse cargo inmediatamente, como es su obligación.

Tampoco hay medidas de protección para quien denuncia, especialmente las víctimas de violencia doméstica, que si no tienen a dónde acudir están en suma vulnerabilidad. Por eso necesitamos casas de abrigo.

Tercero, como salió a relucir en el caso de Linda Loaiza, los estereotipos de género en todo el sistema policial y judicial contribuyen a que un funcionario policial o judicial que toma una denuncia, o un juez, haga clasificaciones que revictimizan a la víctima, toma decisiones, resta importancia a la declaración, solicita evidencia que no debe solicitar (como los antecedentes sexuales o de pareja de la víctima, que son tipos de evidencia que están totalmente prohibidos a nivel internacional en caso de violencia sexual, o solicitando prueba de que no se dio consentimiento, cuando también entendemos que esto no es algo que se tiene que probar en un caso de violación). Hay que trabajar en la capacitación para eliminar estos estereotipos arraigados en la sociedad. 

Con la ola de denuncias de abuso sexual en redes sociales, hubo una enorme conversación sobre si son apropiadas o no en ese espacio. Muchos dicen que las personas afectadas deben ir a las instituciones legales pertinentes. ¿El trámite judicial es la solución para la violencia de género? 

Aquí hay dos puntos importantes, uno es con respecto a qué tanto puede jugar el poder judicial para bajar los índices de violencia contra la mujer en el país. Sin duda la impunidad da ese mensaje a la sociedad de que esa violencia es menos grave que otros hechos delictivos, y eso ayuda a que siga siendo común. El sistema judicial tiene una labor sumamente importante en determinar los hechos y las responsabilidades contra quienes lo cometieron y en buscar formas de que se reparen. Pero no es la única herramienta.

Un poder judicial excelente no bastaría. Hace falta una política que tome en cuenta lo cultural, lo sociológico, lo económico de la violencia contra la mujer, que es una manifestación de una relación de poder desigual entre hombres y mujeres.

Mientras continúe esa desigualdad van a continuar los hechos de violencia. Nosotras entendemos la necesidad de acudir a las redes sociales dada la inoperancia y la lentitud de los procesos judiciales y el temor que tienen las víctimas a la revictimización, un temor totalmente válido. Las víctimas tienen la necesidad de ser escuchadas, saber si hay otras víctimas y de ver si les van a creer. Sin embargo, esta es una herramienta de doble filo con la que hay que tener muchísimo cuidado. Nosotras seguimos incitando a la gente a poner denuncias oficiales, a utilizar el poder judicial de manera acompañada, con asesoría psicológica y legal para poder blindarse un poco más y tener protección ante la posibilidad de revictimización, porque consideramos que es el poder judicial el indicado para determinar responsabilidad y no los medios de comunicación. Hay peligro al que se exponen después de hacer una denuncia en redes, ellas mismas pueden ser perseguidas por eso. Hemos tenido conocimiento de casos de difamación o columnia en contra de víctimas de violencia sexual que han utilizado las redes para nombrar a su agresor. Es importante entonces que antes de tomar la decisión de contar la historia e indicar responsables en las redes, se asesoren legalmente y vean en qué medida eso puede ponerlas a ellas en peligro de ser perseguidas o de ser sujetas a una denuncia.

¿Qué ocurre cuando una víctima no tiene evidencia para comprobar su denuncia? 

Debemos empezar por preguntarnos qué consideramos evidencia. No debemos pensar en la prueba o evidencia solamente de la forma clásica: un testigo, una prueba médico legal; la víctima no necesariamente tiene que contar con esto para sentirse confiada para denunciar, porque pueden usarse otros medios, y además su declaración es de suma importancia. En casos de violencia sexual, la declaración es la pieza clave de todo el proceso. Una victima que sufrió hechos de violencia sexual puede poner su denuncia y queda de parte de la fiscalía recabar información, hacer un examen psicológico para ver el daño en la victima y ayudarla en ese proceso de investigar.

La carga de investigar y conseguir pruebas no cae sobre la víctima, sino sobre la fiscalía, y debe hacerlo con una debida diligencia, de forma expedita para que no se pierda ninguna prueba en el proceso y determinar las responsabilidades del caso.

En los casos de violencia sexual, sobre todo, un patrón recurrente es que en la mayoría de los casos no hay testigos. Suele ser un delito que ocurre en privado, no a la vista de los demás. Eso ha sido entendido en el Sistema Interamericano, donde aclararon que la declaración de la victima en casos de violencia sexual tiene un valor probatorio de suma relevancia y que las inconsistencias en la declaración de la víctima cuando es interrogada en múltiples oportunidades no deben ser tomadas como una deslegitimización de lo que la víctima está contando, pues es totalmente factible que la víctima no recuerde o recuerde detalles de forma diferente. Esto nos ayuda a entender la importancia de la declaración de la víctima. En la mayoría de los casos no vamos a conseguir mayor evidencia, pero ya esa declaración y otros indicios, como que efectivamente el agresor y la víctima estuvieron en ese lugar, nos puede ayudar a construir un caso. Evidencia de otro tipo también hay: sobre todo cuando la víctima denuncia inmediatamente después de los hechos. La evidencia por excelencia es la médico-legal, que permita decir que hubo una agresión, y la evidencia psicológica que determine el estado de la víctima en ese momento o meses después. La víctima no tiene que contar con esto necesariamente, porque pueden contarse con otros medios. 


Esta es la transcripción de una entrevista hecha en vivo. Puedes escucharla en este enlace

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