Karim Khan ya se fue, ¿y ahora qué?

Por qué es tan relevante la investigación del caso Venezuela I y qué es ese Memorando de Entendimiento con un régimen que el propio fiscal piensa que puede haber cometido atrocidades

A Maduro no le quedaba otra que invitar a Khan, y a Khan no le queda otra que intentar trabajar con el Estado venezolano, sabiendo lo que sabe

El 3 de noviembre el fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI)  Karim Khan culminó su visita de tres días a Venezuela. Antes de marcharse del Palacio de Miraflores, Khan y Maduro firmaron el Memorando de Entendimiento sobre la remisión Venezuela I. Así, el país se convirtió en el primero de América en iniciar una fase de investigación bajo la supervisión del máximo tribunal de justicia penal del mundo.

¿Qué es el Memorando de Entendimiento?

Es el documento en el cual el gobierno de Nicolás Maduro se compromete a adoptar las medidas necesarias que aseguren la administración de la justicia para las víctimas (sobrevivientes y familiares) de forma genuina y efectiva, con el apoyo, seguimiento y supervisión de la fiscalía de CPI.

La firma del Memorando de Entendimiento sigue las normas de esta corte creada para juzgar crímenes de lesa humanidad.

El Memorando, además de ser una reafirmación de las normas del Estatuto de Roma que dio origen a la CPI, puede considerarse como una notificación formal de la fiscalía de la Corte al gobierno de Maduro sobre el cierre del examen preliminar y la apertura de la fase de investigación; como una carta de compromiso y un acuerdo de colaboración obligatoria para ambas instancias; como el manual de uso de esa cooperación; y como un acuerdo que permite maniobras de parte y parte.

¿Qué podría pasar en la fase de investigación?

Conviene repasar: en el examen preliminar, se recopilaron, depuraron y clasificaron los documentos relacionados con los crímenes cometidos por parte del gobierno de Maduro que son violaciones al Estatuto de Roma. Posteriormente, considerando el contexto de los crímenes y su gravedad, fueron tipificados según el Estatuto, para determinar en cuáles tiene jurisdicción la CPI.

Al abrirse la fase de investigación, queda claro que para la Corte existen elementos suficientes para pensar que en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad.

De manera que el foco de esta nueva fase no solo estará en la profundización de los hechos en los casos seleccionados para la investigación, sino en la averiguación de la cadena de mando, las políticas de Estado que propiciaron la generalización y sistematización de los crímenes de lesa humanidad, y las fallas del sistema de Justicia en el país.

La investigación, entonces, podrá analizar el comportamiento de Maduro y de sus funcionarios mediante la solicitud de información escrita u oral. Funcionarios de la CPI podrían instalarse en Venezuela para una investigación independiente en el terreno. Es en esta fase que sabremos cuáles son los casos que interesan a la CPI. Y, por primera vez, las víctimas contarán con la Oficina de Protección a la Víctima de un organismo independiente.

Desde luego, se espera que el gobierno de Maduro entorpezca y retrase el proceso tanto como sea posible. Además exhibirá resultados escuetos y poco convincentes, pues Maduro está implicado de forma directa en las denuncias de las ONG, en la remisión de los Estados parte, en el informe de la OEA y en el informe de la Misión de Determinación de los Hechos, todos documentos relevantes para la Corte.

¿Cómo se llevaría a cabo la investigación?

Siguiendo el principio de complementariedad del Estatuto de Roma. En teoría, esto es: la CPI da preferencia a las investigaciones judiciales internas de un país para que su Estado sancione a través de los tribunales nacionales, pues la Corte presupone que los procesos realizados son dirigidos por un Poder Judicial autónomo, imparcial y con capacidad de actuar. Así, la CPI trabaja conjuntamente con el Estado para avanzar en las investigaciones.

Pero en la práctica propia de la realidad venezolana, la ausencia de las condiciones mínimas —como jueces independientes capaces de llevar adelante las investigaciones— es, precisamente, la base del problema. De manera que la actual institucionalidad en Venezuela es incapaz de garantizar la justicia a sus ciudadanos bajo los preceptos de la Corte y de los estándares internacionales.

El estado del sistema de justicia en Venezuela ya comenzó a ser evaluado formalmente por la CPI.

No hay que olvidar que parte del trabajo proactivo de la Corte es restaurar, democratizar y civilizar los juicios, procesamientos, castigos, puniciones y reparaciones, según los estándares internacionales, con el fin de promover cambios en los países para evitar crisis políticas y sociales. De manera que la Corte ofrecerá asistencia técnica a los funcionarios venezolanos durante la investigación.

¿Cuáles serán los crímenes investigados?

Los tipificados en el Estatuto de Roma. En el caso de Venezuela, las torturas, las desapariciones forzadas y las ejecuciones extrajudiciales, es decir, aquellas violaciones de derechos humanos y del uso de la fuerza excesiva que califiquen como crímenes de lesa humanidad.

Nuevamente, conviene recordar: la fiscalía de la CPI tiene fundamentos razonables sobre los crímenes materiales cometidos por la PNB, el Sebin, la Dgcim, las FAES, el Cicpc, la GNB, el Conas y la FANB. En este momento, todo aquel que esté o haya estado en un alto mando está bajo escrutinio.

¿Confiamos en el proceso del órgano penal internacional?

Hasta ahora, sí. El 8 de febrero de 2018 comenzó el examen preliminar de Venezuela I. La fiscal Bensouda dejó al salir de su cargo, en junio de 2021, su recomendación de avanzar hacia la fase de investigación. Apenas cuatro meses después de la llegada del fiscal Khan, empezó esta fase. Desde el inicio del proceso hasta la firma del Memorando no han transcurrido ni cuatro años, lo cual, en tiempos de justicia internacional ha sido un período bastante breve.

El abogado William Cárdenas explicó en un conversatorio del Observatorio Nacional de Derechos Humanos, que el fiscal Khan “no está haciendo más que cumplir con lo que previamente ha dicho: acabar con los exámenes preliminares interminables. Él apuesta por ir a juicio, que los procesos se comprueben dentro de los procesos judiciales y se establezcan los que están presuntamente señalados como criminales… Cuando Khan llegó a la fiscalía había once exámenes preliminares pendientes. Quedan cuatro”.

Hasta ahora, la CPI había sido criticada por concentrarse en crímenes cometidos en África y en Asia. Con la apertura de la primera investigación en América, queda claro el mensaje: quien cometa delitos que son competencia de la Corte, no tiene posibilidades de escape.

¿Y ya empezaron los cambios en Venezuela?

Sí. Justo al irse el fiscal, empezó el cambio de magistrados, destitución de jueces, juicios a fiscales, cambio del director y del personal de la Dgcim por recién egresados de la Universidad de la Seguridad (UNES), así como el “cierre” o “desaparición” de algunos espacios para las torturas como “La pecera” y “El ascensor” de la sede de la Dgcim de Boleíta. No pasa desapercibida la apertura de expedientes de mandos medios para que sean procesados y algunas reformas de leyes.

Explica el abogado Jesús María Casal: “Esas reformas legales como la del COPP o la Ley Orgánica de Amparo con relación al habeas corpus, no representan ningún cambio estructural ni sustancial en la situación del poder judicial ni en la administración de justicia en Venezuela, ni siquiera la reforma del Código Orgánico de Justicia Militar, que se presenta como una proscripción ya definitiva del enjuiciamiento de civiles por los tribunales militares, porque esto sigue sin cumplir el objetivo al quedar varias ambigüedades en varias disposiciones”.

También al marcharse el fiscal, se ha vuelto a acosar y a perseguir a diversas ONG que se ocupan de la defensa de los derechos humanos, y a las agrupaciones de víctimas que hicieron llegar sus casos a la Corte. Así mismo, se hizo mucho más evidente la irregularidad de la Ley Para el Respeto de los Derechos Humanos en el ejercicio de la función pública. Según Acceso a la Justicia, “incurre [la Ley] en el grave error de no señalar las sanciones disciplinarias a imponer a aquellos funcionarios que violen o amenacen los derechos humanos. Llama poderosamente la atención que la Ley haya sido [publicada] justo cuando el Gobierno se encuentra bajo la lupa de la CPI”.

Cuenta la hermana de un preso político: “Le pido que por seguridad de mi hermano no mencione nuestros nombres. A él lo fue a entrevistar una comisión de la Asamblea Nacional y le preguntaron qué le pediría a la CPI. Su respuesta fue que abrieran el juicio porque es inocente y desea su libertad. La mujer de la Asamblea, prepotente y burlándose, le dijo que para que le puedan dar libertad, tiene que asumir los cargos. Mi hermano le dijo estaba loca, que no lo iba a hacer, porque él es inocente”.

En definitiva, la única manera de que el gobierno de Maduro cumpla con el Memorando es poniendo fin a los actos criminales y restaurando el estado de derecho.

Eso sería, según Casal, “una verdadera revolución judicial, que es la de la independencia judicial, la formación de los jueces, la del cese de una justicia de jueces provisorios, la de una renovación completa del TSJ. Mientras no se den pasos serios hacia esa dirección, es muy difícil que esas investigaciones que se quieren adelantar a nivel nacional cumplan los estándares internacionales que exige la Corte”.

¿Las víctimas pueden denunciar, aunque no lo hayan hecho ante la CPI?

Sí. En estos momentos, la Red de Documentación de Crímenes de Lesa Humanidad ―alianza entre el Observatorio Venezolano de Crímenes de Lesa Humanidad, Defiende Venezuela y Un Mundo sin Mordaza― continúa recogiendo testimonios de detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas, tratos crueles e inhumanos, y ejecuciones extrajudiciales, ocurridos en los últimos años. El llamado se extiende a los venezolanos que emigraron sin denunciar y que se encuentran, especialmente, en América Latina, España y Estados Unidos. Para ello pone a disposición el correo: documentacionCLH@sinmordaza.org. Con estas denuncias, la Red seguirá armando los expedientes que serán presentados ante instancias internacionales. 

¿Qué puede hacer la sociedad civil?

Cárdenas y Mundaray coinciden en cautela y estrategia. Explica Cárdenas: “Ya sabemos que la estrategia del fiscal Khan es el respeto por el estado de derecho. La del gobierno es tratar de disfrazar la realidad, porque no tiene la razón, pero sí mucho dinero. Las víctimas tienen la razón, pero no el dinero. Con una estrategia pueden enfrentar este reto con solvencia”.

Añade Mundaray: “Tenemos que tratar que las víctimas no se nos queden por fuera. Lo que viene es (la entrega de más) pruebas. Aunque no estemos en fase de juicio, sus testimonios se pueden hacer llegar durante el proceso (de investigación). Así que serán escuchadas desde ahora.

El inicio de la investigación abre una etapa que es procesal, que va a permitir que también los forenses, los expertos, los investigadores y todo aquel que pueda entregar un cúmulo probatorio, hable directamente.

Estamos obligados a hacer más seguimientos, a ser más proactivos, didácticos para lograr que este paso avance y se haga una investigación sólida para llegar a una sentencia condenatoria”.

Es un buen momento para organizar y cohesionar. La opinión generalizada es que, en plena observación de la Corte, será más difícil para las fuerzas de seguridad incurrir en procedimientos violatorios de los derechos humanos. Además, como dice Casal: “No va a ser creíble que en aquellos casos donde inicialmente el gobierno dijo que no había responsabilidad penal por un delito grave, sino que habían sido casos menores o se negaron, de repente esos casos pasen a tener relevancia para dictar algunas sentencias bajo el ritmo que también van marcando los intereses políticos. Esto refutaría de plano cualquier afirmación de un Poder Judicial independiente y parecería una maniobra porque la Corte se está aproximando hacia una investigación a las altas autoridades venezolanas”. 

¿La investigación aumenta la posibilidad para la transición democrática?

No dará solución a la crisis política del país, pero sí podría incidir y presionar a los altos funcionarios del gobierno, pues la CPI, en vez de condenar a los Estados, establece responsabilidades penales individuales. Dos casos resultan llamativos: el primero, luego de dos órdenes de detención (2009 y 2010) en contra de Omar Al Bashir por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra durante el conflicto de Darfur, finalmente, el Consejo de Ministros sudanés lo entregará a La Haya junto con el exgobernador Ahmed Haroun y el exministro de Defensa Abdel Mohamed Hussein.

El segundo caso es Filipinas: en junio de este año, se abrió la investigación al presidente Rodrigo Duterte por crímenes de lesa humanidad en la guerra contra las drogas. Duterte se negó a cooperar alegando que un comité del Ministerio de Justicia adelantaba las investigaciones y que la CPI no tenía jurisdicción en el país, pues se retiró del Estatuto de Roma en 2019. Sin embargo, en octubre, Duterte anunció su renuncia como candidato a vicepresidente en las elecciones del 2022, así como su retiro de la política al culminar su mandato.